¿Qué es el certificado de colaborador social?

Obtener certificado de colaborador social

El certificado de Colaborador Social permite la representación de terceras personas para realizar telemáticamente diferentes gestiones ante la Administración Tributaria. Para poder realizar este servicio es necesario contar con un certificado digital y formar parte de un censo en la sede de la Agencia Tributaria.

¿Quién puede ser colaborador social?

Las personas físicas y jurídicas que sean colegiadas o asociadas en activo de algún colegio o asociación de profesionales en el ámbito de la gestión tributaria que haya subscrito un convenio con la Agencia Tributaria para la presentación de declaraciones en nombre de terceros, obtendrán el certificado de colaborador social una vez dados de alta en el censo de colaboradores. 

Este certificado se obtiene desde la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria siempre que se disponga de un certificado electrónico válido. 

Los asociados de AECEM pueden acceder a este certificado de colaborador social gracias a los diferentes convenios a nivel nacional y autonómico que la asociación ha ido firmando.

¿Qué gestiones y trámites puede hacer un colaborador social?

El colaborador social, una vez dado de alta, podrá presentar telemáticamente las declaraciones y autoliquidaciones tributarias de los diferentes impuestos como el IVA, o el Impuesto sobre Sociedades. También podrá realizar solicitudes de certificados de estar al corriente de pagos, o solicitar la compensación, aplazamiento y fraccionamiento de deudas. Además, podrá interponer recursos de reposición ante reclamaciones tributarias.    

¿Cómo se obtiene el certificado de colaborador social?

En primer lugar, hay tener en cuenta que para conseguir el certificado de colaborador social será imprescindible tener el certificado digital, trámite que se puede gestionar desde AECEM.

Si es una persona física

En el caso de darse de alta una persona física como colaborador social, deberá contar con el mencionado certificado digital válido e introducir en este enlace de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria, un teléfono de contacto y una dirección de correo electrónico y podrá seleccionar de entre los colegios/asociaciones a los que pertenezca aquel o aquellos a cuyo convenio desea adherirse. 

Una vez completados los datos, deberá firmar con su certificado electrónico para formalizar el alta. Además tendrá que tener el documento individualizado de adhesión al convenio de colaboración de la AEAT con entidades asociativas de profesionales. Este debe incluir cláusulas y condiciones de utilización. 

Alta de Personas jurídicas

Una vez identificada la persona jurídica, el interesado deberá elegir entre dos opciones porque se podrá obtener el certificado como colaborador social en régimen restringido o bien como no restringido. 

La diferencia radica en que en el régimen restringido debemos indicar un representante como mínimo, y este representante no podrá coincidir con el titular del certificado electrónico utilizado para autenticarse. 

  • Si elegimos el Régimen restringido, una vez indicado el representante, ya se considera que está consignado y sólo podrá realizar trámites en nombre de terceros. Los certificados electrónicos con representantes no consignados podrán realizar los trámites propios de la entidad y gestionar las altas, bajas y modificaciones de los certificados de usuario de la misma. 
  • Si seleccionamos Régimen no restringido, el proceso de alta es similar al de una persona física. El colaborador social podrá utilizar cualquier certificado electrónico de la entidad jurídica, independientemente de su representante, para realizar trámites tanto en nombre propio como de terceros. 

¿Cómo saber si ya figuro como colaborador social?

Dentro de la Sede Electrónica, en la aplicación de Colaboradores Sociales, se puede consultar toda la información disponible de los colaboradores. Una vez identificado con el certificado electrónico y validado el NIF del titular en el censo, se mostrará la información correspondiente en cada caso. 

Además, podemos comprobar los datos identificativos, datos de contacto, asociaciones a las que se pertenece y el tipo de convenio que tiene vinculado. Además, en el campo de Información adicional, podemos saber si el colaborador social está autorizado para actuar en nombre de terceros.  

¿Cómo renovar el certificado de colaborador social?

La persona física o jurídica que forme parte del Censo de Colaboradores Sociales deberá evitar que su certificado digital caduque. Para ello, deberá realizar los trámites oportunos en la Sede de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre para proceder a su renovación.  

¿Cómo darlo de baja?

Si lo que se quiere es abandonar el censo, desde la propia aplicación se puede solicitar la baja como colaboradores sociales de todos los convenios a los que se estuviera adherido en ese momento. Este trámite afectará a todas las asociaciones con las que hubiera firmado. También con todos sus representantes, en el caso que de que los hubiera. 

Esta opción no podrá ser utilizada por certificados de usuario restringidos, debiendo usarse en estos casos un certificado electrónico de la persona jurídica con un representante diferente. 

¿Qué es un colaborador social delegado?

Gracias a esta figura, es posible que diferentes personas delegadas de aquellas otras que ejercen la colaboración social, puedan realizar a través de Internet, gestiones de los sujetos obligados tributarios. 


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