Empresas de mediana capitalización: claves para las asesorías ante la nueva categoría de la UE

Empresas de mediana capitalización

La Unión Europea sigue avanzando en su estrategia para mejorar la competitividad de las empresas europeas. El último paso ha sido el acuerdo para crear una nueva categoría empresarial: las denominadas empresas de mediana capitalización o Small Mid-Caps (SMCs).

Se trata de compañías que han superado el tamaño de una pyme, pero que todavía no alcanzan la dimensión de una gran empresa. El objetivo es evitar que las empresas frenen su crecimiento por miedo a perder las ventajas regulatorias asociadas a las pymes. También facilitar una transición más gradual hacia estructuras empresariales de mayor tamaño.

Desde AECEM hablamos con la Comisión Europea para que nos explique más detalles de esta medida que podría afectar a empresas de nuestro país.

¿Por qué crea la UE la categoría de empresas de mediana capitalización?

Durante años, diferentes informes europeos han alertado sobre una situación que afecta a numerosas empresas. Cuando una pyme supera determinados umbrales de tamaño, debe asumir nuevas obligaciones regulatorias que, en ocasiones, generan costes significativos.

Los informes elaborados por Mario Draghi y Enrico Letta sobre el futuro de la competitividad europea pusieron de manifiesto esta realidad. También el Comité Económico y Social Europeo ha defendido la necesidad de suavizar esa transición para favorecer el crecimiento empresarial.

La nueva categoría de empresa de mediana capitalización pretende precisamente reducir ese «efecto escalón» y ofrecer un marco más proporcional para las empresas que están en fase de expansión.

¿Qué es una empresa de mediana capitalización?

La nueva categoría de empresa de mediana capitalización nace para cubrir el espacio existente entre las pymes y las grandes empresas.

Estas empresas son más grandes que las pymes, pero siguen enfrentándose a importantes obstáculos a la hora de cumplir determinados requisitos reglamentarios, según nos explican desde la Comisión Europea. Por ello, Bruselas considera necesario adaptar parte de la normativa a su realidad empresarial

El objetivo es reconocer el papel que desempeñan estas organizaciones en la economía europea. Especialmente, en ámbitos como la innovación, la generación de empleo y el crecimiento económico.

La nueva figura busca evitar que el crecimiento empresarial se convierta en una barrera y facilitar una transición más gradual cuando las compañías dejan atrás la condición de pyme.

¿Qué empresas podrán beneficiarse de la nueva categoría de mediana capitalización?

Podrán acogerse a esta nueva categoría las empresas con menos de 1.000 trabajadores y que cumplan determinados límites de facturación o activos.

No obstante, la Comisión recuerda que el desarrollo normativo todavía está avanzando y que será necesario prestar atención a los criterios definitivos que se incorporen a la legislación europea y a su posterior aplicación en cada Estado miembro.

Además, se tendrán en cuenta aspectos como la vinculación con otras empresas y la participación de entidades públicas en el capital social.

¿Qué ventajas ofrece esta nueva categoría empresarial?

Las principales ventajas administrativas y regulatorias para estas empresas consisten en la extensión de determinadas medidas de simplificación y mitigación que hasta ahora se reservaban principalmente para las pymes.

Por ejemplo, destaca la excepción a la obligación de llevar determinados registros, así como la extensión de medidas de mitigación en el ámbito de MiFID II. También se prevé facilitar su acceso a instrumentos de defensa comercial, ampliar la asistencia específica que ya reciben las pymes en este ámbito y permitirles utilizar el folleto de emisión de la Unión de crecimiento.

Además, la Comisión quiere fomentar el uso de soluciones digitales e interoperables para reducir los costes de cumplimiento, incluyendo la eliminación de referencias al formato en papel en la comunicación con las autoridades de vigilancia del mercado.

En conjunto, estas medidas estarán destinadas a reducir cargas regulatorias desproporcionadas y facilitar el crecimiento de empresas que ya no son pymes pero que siguen afrontando obstáculos de cumplimiento.

Al mismo tiempo, el CESE advierte de que algunas de estas ventajas pueden tener un alcance práctico limitado y que, en caso de falta de armonización, podrían persistir complejidades jurídicas, incertidumbre y ciertas cargas administrativas.

La simplificación no significa menos cumplimiento

Uno de los aspectos más interesantes que destaca la Comisión es que la simplificación administrativa no supone una eliminación de las obligaciones esenciales. De hecho, el Comité Económico y Social Europeo advierte de que el impacto práctico de algunas medidas podría ser limitado si no se acompaña de reformas más amplias.

Este es un mensaje especialmente relevante para empresas y asesores, ya que evita generar expectativas erróneas sobre una supuesta desaparición de obligaciones regulatorias.

¿Qué deben tener en cuenta las asesorías sobre esta nueva categoría empresarial?

La creación de esta nueva categoría abre una nueva oportunidad para el asesoramiento empresarial. Según la Comisión Europea, los despachos profesionales tendrán un papel clave para ayudar a las empresas a interpretar los nuevos requisitos regulatorios. El rol del sector será también fundamental para adaptar sus decisiones de crecimiento, financiación e internacionalización.

En este contexto, las asesorías deberán reforzar especialmente cinco áreas:

  • Seguimiento constante de la normativa europea.
  • Interpretación de los cambios regulatorios.
  • Asesoramiento en cumplimiento normativo.
  • Gestión de periodos transitorios.
  • Adaptación estratégica de las empresas en crecimiento.

Además de interpretar la nueva normativa, los despachos deberán identificar qué clientes pueden encajar en esta nueva categoría. Y analizar cómo les afectan las simplificaciones previstas en ámbitos como protección de datos, mercados financieros o defensa comercial.

También será fundamental seguir la evolución de la normativa durante su proceso de implantación. Esto es clave para anticipar posibles diferencias en la aplicación por parte de los distintos Estados miembros.

A pesar de esta novedad para el tejido empresarial, el CESE ha advertido de que el éxito de la medida dependerá en gran parte de una aplicación armonizada entre los Estados miembros. Una falta de coordinación podría generar nuevas diferencias regulatorias y aumentar la complejidad para las empresas que operan en varios países.

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